Convocatoria
La convocatoria es el aviso formal con el que se cita a la asamblea, con su fecha, lugar, orden del día y la anticipación que exige la ley del estado.
También se le dice citatorio de asamblea.
La convocatoria es el requisito que más asambleas tumba. No porque sea difícil, sino porque se hace tarde, sin orden del día completo o sin poder demostrar que llegó a todos.
Qué debe traer
Quién convoca, tipo de asamblea, fecha, hora y lugar, el orden del día punto por punto y, cuando aplica, la hora de la segunda convocatoria. Un punto que no viene en el orden del día no se puede votar, por más que la asamblea esté de acuerdo.
La anticipación cambia por estado
Entre las leyes revisadas, la convocatoria a asamblea ordinaria va de cuatro a quince días, y la extraordinaria de veinticuatro horas a veinte días. Jalisco invierte lo que uno esperaría: pide más anticipación para la extraordinaria que para la ordinaria. Revisa la ley de condominios de tu estado antes de fijar la fecha.
Segunda y tercera convocatoria
Es común citar a segunda convocatoria media hora después, para el caso de que no se reúna el quórum de la primera. La tercera solo existe en algunos estados y con intervalos propios. Anunciar de una vez las que la ley permita ahorra convocar dos veces.
Cómo se acredita la entrega
Fijar la convocatoria en la entrada y repartirla por unidad sigue siendo lo estándar, con firmas de recibido o constancia fotográfica. Cuando el administrador se niega a convocar, varias leyes permiten que lo hagan los propietarios reuniendo un porcentaje de firmas, y en la Ciudad de México ese trámite pasa por la Procuraduría Social.
En Kondable
La convocatoria se publica como aviso con el documento adjunto, y queda registrado quién la consultó y cuándo. Eso es constancia de que se comunicó por Kondable, no una notificación con efecto legal.
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