Ley de condominios por estado
En México no hay una ley federal de condominios. Son 32 marcos distintos, y 6 de ellos ni siquiera tienen una ley con ese nombre.
Aquí está cuál te aplica, dónde leerla y en qué se diferencia de las demás.
Encuentra tu estado
Los 32 estados. En 8 las reglas están extraídas artículo por artículo.
32 estados
- AguascalientesSin ley específicaCódigo Civil del Estado de Aguascalientes, régimen de propiedad en condominio
- Baja CaliforniaLey sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles del Estado de Baja California
- Baja California SurLey sobre el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de Baja California Sur
- CampecheSin ley específicaCódigo Civil del Estado de Campeche
- ChiapasLey de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Chiapas
- ChihuahuaSin ley específicaCódigo Civil del Estado de Chihuahua, artículos 942 y siguientes
- Ciudad de MéxicoComparadaLey de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal
- CoahuilaLey sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Coahuila
- ColimaLey de Condominios, Reglamentaria del Artículo 947 del Código Civil
- DurangoLey de Condominios del Estado de Durango
- Estado de MéxicoComparadaLey que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de México
- GuanajuatoLey de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Guanajuato
- GuerreroLey Número 240 de Propiedad en Condominio para el Estado de Guerrero
- HidalgoLey de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Hidalgo
- JaliscoComparadaCódigo Civil del Estado de Jalisco, Título Sexto, artículos 1001 a 1038
- MichoacánLey sobre el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de Michoacán
- MorelosLey sobre el Régimen de Condominio de Inmuebles para el Estado de Morelos
- NayaritLey que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio de Bienes Inmuebles para el Estado de Nayarit
- Nuevo LeónComparadaLey del Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Nuevo León
- OaxacaLey que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Oaxaca
- PueblaComparadaLey que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de Puebla
- QuerétaroComparadaCódigo Urbano del Estado de Querétaro, artículos 211 a 310
- Quintana RooComparadaLey de Propiedad en Condominio de Inmuebles del Estado de Quintana Roo
- San Luis PotosíLey sobre el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de San Luis Potosí
- SinaloaLey sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Sinaloa
- SonoraLey de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Sonora
- TabascoLey de Condominios del Estado de Tabasco
- TamaulipasLey sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Bienes Inmuebles para el Estado de Tamaulipas
- TlaxcalaLey que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio de Bienes Inmuebles para el Estado de Tlaxcala
- VeracruzLey 541 que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de Veracruz
- YucatánComparadaLey sobre el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de Yucatán
- ZacatecasSin ley específicaCódigo Civil del Estado de Zacatecas
En qué no se parecen
Las cinco reglas que más caro cuesta dar por supuestas, en los estados que ya comparamos.
| Estado | Base del voto | Convocatoria ordinaria | Quórum en primera convocatoria | Título ejecutivo | Interés moratorio |
|---|---|---|---|---|---|
| Ciudad de México | Por indiviso; un voto por unidad en condominios de interés social | 7 días naturales | 75% de los condóminos | Sí, el estado de cuenta firmado trae aparejada ejecución | Tope de 9% anual |
| Estado de México | Por condómino | 10 días | Más del 50% | No; hay que ir por juicio ordinario | El del reglamento o, en su defecto, el interés legal |
| Jalisco | Por indiviso | 15 días | 51% de los derechos | Sí, el estado de cuenta trae aparejada ejecución | Referencia al promedio bancario quirografario |
| Nuevo León | Por proindiviso | 10 días | 51% del proindiviso | Sí, el estado de cuenta trae aparejada ejecución | El del reglamento, sin capitalizar |
| Puebla | Por unidad | 10 días | Más del 50% | No; hay que ir por juicio ordinario | El del reglamento o, en su defecto, el interés legal |
| Querétaro | Por indiviso; por persona si alguien tiene más del 50% | 4 días | 75% de los condóminos | No; hay que ir por juicio ordinario | El interés legal, en defecto de reglamento |
| Quintana Roo | Por proindiviso, pero un voto por unidad para elegir administrador | 15 días | 75% del proindiviso | Sí, el estado de cuenta trae aparejada ejecución | El del reglamento, sin capitalizar |
| Yucatán | Por cuota de participación | 5 días | 51% de las cuotas | Sí, el estado de cuenta trae aparejada ejecución | El interés legal, en defecto de reglamento |
Cada valor sale del texto vigente de su estado. La página de cada estado trae la cita y el enlace al documento oficial.
Preguntas frecuentes
- ¿Existe una ley de condominios federal en México?
- No. Cada estado legisla el régimen de propiedad en condominio por su cuenta, así que hay 32 marcos distintos y ninguno aplica fuera de su entidad.
- ¿Todos los estados tienen una ley de condominios?
- No. Seis entidades no escribieron una ley específica: el régimen vive en su Código Civil o en su Código Urbano, que es la razón por la que buscarla por nombre no la encuentra.
- ¿Qué ley me aplica si administro varios condominios?
- La del estado donde está cada inmueble. Un portafolio en dos estados opera con dos reglas de convocatoria, dos quórums y dos formas de cobrar.
- ¿Puedo cambiar estas reglas en el reglamento interno?
- Solo donde la ley se lo permita al reglamento. Los plazos, los quórums y las mayorías especiales que fija la ley no se bajan por acuerdo de asamblea.
Esto es información, no asesoría legal
Las leyes se reforman y cada condominio tiene además su escritura y su reglamento interno. Antes de una decisión que cueste dinero o que puedan impugnarte, confirma en el texto oficial que enlazamos y consúltalo con tu abogado.
Kondable conoce la ley de tu estado
Al configurar tu comunidad eliges el estado, y las advertencias de convocatoria y de recargos se ajustan a lo que dice su ley.