Ley de condominios en Jalisco
No tiene ley de condominios: el tema vive en el Código Civil. Es de los pocos estados que regula la asamblea virtual y el único que pide más anticipación para la extraordinaria.
- Qué te aplica
- Código Civil del Estado de Jalisco, Título Sexto, artículos 1001 a 1038
- Última reforma
- A quién acudir
- Consejo de administración, juez civil y PRODEUR
Congreso del Estado de Jalisco · verificado por Kondable el
- La ley de condominios de 1973 fue derogada; hoy la materia es el Código Civil.
- La asamblea extraordinaria pide 20 días de anticipación, más que la ordinaria.
- Regula la asamblea virtual, cosa que casi ningún estado hace.
Lo que solo pasa en Jalisco
Reglas que casi nadie verifica dos veces porque suenan a lo que hace el resto del país, y no lo son.
Convocatoria extraordinaria: 20 días
Es el único estado donde la extraordinaria pide más anticipación que la ordinaria.
Venta forzosa del moroso: Sí, por subasta
Muy pocos estados llegan hasta la subasta de la unidad.
Asambleas y votos
Con cuánta anticipación convocas, quién vota y cuánta gente hace válida la asamblea.
- Asamblea ordinaria mínima
- Anual
- Base del voto
- Por indiviso
- Convocatoria ordinaria
- 15 días
- Convocatoria extraordinaria
- 20 días Es el único estado donde la extraordinaria pide más anticipación que la ordinaria.
- Quórum en primera convocatoria
- 51% de los derechos
- Quórum en segunda convocatoria
- Los asistentes
- Tercera convocatoria
- No la reconoce
- Asamblea virtual
- Sí, regulada · arts. 1018 bis y 1025 bis
Cuentas y transparencia
Qué le debes entregar a los condóminos y cada cuándo.
- Periodicidad del estado de cuenta
- Trimestral, y a solicitud
- Quién firma el estado de cuenta
- Administrador, con aprobación del consejo de administración
- Fondo de reserva
- El código no fija un porcentaje
Cuotas y cobranza
Desde cuándo alguien es moroso, qué puedes cobrarle y con qué documento.
- Título ejecutivo
- Sí, el estado de cuenta trae aparejada ejecución · art. 1029
- Umbral de morosidad
- 90 días
- Interés moratorio
- Referencia al promedio bancario quirografario
- Suspensión de servicios
- No prevista
- Venta forzosa del moroso
- Sí, por subasta · art. 1032Muy pocos estados llegan hasta la subasta de la unidad.
- Constancia de no adeudo
- El notario debe exigirla en la compraventa
Quién administra
Cuánto dura el cargo, ante quién se registra y cómo se entrega.
- Órgano de vigilancia
- Consejo de administración
- Duración del administrador
- Un año, renovable
- Registro del administrador
- No lo exige
- Entrega-recepción
- 15 días, sin acta obligatoria
Buscar "ley de condominios Jalisco" no lleva a ningún lado, y esa es la primera cosa que hay que saber: la ley de 1973 fue derogada y la materia vive en el Código Civil, en el Título Sexto, artículos 1001 a 1038. Quien administra en Guadalajara o en Zapopan trabaja con un capítulo del código civil, no con una ley propia.
El plazo que se invierte
Casi todas las leyes del país piden menos anticipación para la asamblea extraordinaria que para la ordinaria, con la lógica de que lo extraordinario suele ser urgente. Jalisco hace lo contrario: quince días para la ordinaria, veinte para la extraordinaria.
Es el error más caro que se comete aquí, porque la asamblea extraordinaria es justo donde se aprueban las cuotas extraordinarias y las obras grandes. Convocar con quince días a una extraordinaria deja el acuerdo impugnable, y la impugnación llega cuando el dinero ya se gastó.
Una reforma con vigencia condicionada
La armonización del Código Civil con el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares está publicada, pero su entrada en vigor depende de una declaratoria del Congreso del Estado que no pudimos verificar. Si tu asunto toca plazos procesales, confirma con tu abogado qué texto está vigente el día que lo presentes. Los artículos de fondo que esta página compara no cambian con esa reforma.
Asamblea virtual
Jalisco es de los pocos estados que la regula, en los artículos 1018 bis y 1025 bis. Donde la ley no dice nada, una asamblea en línea queda expuesta a que cualquier inconforme alegue que no fue válida; aquí hay respaldo para hacerla, con las formalidades que el propio código pide.
Cobranza
El estado de cuenta trae aparejada ejecución por el artículo 1029, con la particularidad de que necesita la aprobación del consejo de administración. El umbral de morosidad son noventa días, y el artículo 1032 llega hasta la subasta de la unidad, una salida que muy pocos estados contemplan.
El interés moratorio no tiene un tope numérico: la referencia es el promedio bancario quirografario, así que el reglamento interno es el que termina fijando la tasa.
Preguntas frecuentes
¿Jalisco tiene ley de condominios?
No. La ley de 1973 fue derogada y el régimen de propiedad en condominio se regula en el Código Civil del Estado de Jalisco, Título Sexto, artículos 1001 a 1038.
¿Con cuánta anticipación convoco en Jalisco?
Quince días para la ordinaria y veinte para la extraordinaria. Es el único estado donde la extraordinaria pide más tiempo.
¿Se puede hacer la asamblea en línea?
Sí. Los artículos 1018 bis y 1025 bis la reconocen, con requisitos propios.
¿Se le puede rematar la unidad a un moroso?
El artículo 1032 prevé la subasta. Es una vía judicial y de último recurso, no algo que la administración pueda hacer por su cuenta.
De dónde sale esto
- Código Civil del Estado de Jalisco (abre en otra pestaña)Congreso del Estado de Jalisco
Esto es información, no asesoría legal
Tu escritura constitutiva y tu reglamento interno también mandan, y la ley se reforma. Antes de una decisión que cueste dinero, confirma en el texto oficial y consúltalo con tu abogado.
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