Ley de condominios en Jalisco

No tiene ley de condominios: el tema vive en el Código Civil. Es de los pocos estados que regula la asamblea virtual y el único que pide más anticipación para la extraordinaria.

Qué te aplica
Código Civil del Estado de Jalisco, Título Sexto, artículos 1001 a 1038
Última reforma
A quién acudir
Consejo de administración, juez civil y PRODEUR
Leer el texto oficial (abre en otra pestaña)

Congreso del Estado de Jalisco · verificado por Kondable el

  • La ley de condominios de 1973 fue derogada; hoy la materia es el Código Civil.
  • La asamblea extraordinaria pide 20 días de anticipación, más que la ordinaria.
  • Regula la asamblea virtual, cosa que casi ningún estado hace.

Lo que solo pasa en Jalisco

Reglas que casi nadie verifica dos veces porque suenan a lo que hace el resto del país, y no lo son.

  • Convocatoria extraordinaria: 20 días

    Es el único estado donde la extraordinaria pide más anticipación que la ordinaria.

  • Venta forzosa del moroso: Sí, por subasta

    Muy pocos estados llegan hasta la subasta de la unidad.

Asambleas y votos

Con cuánta anticipación convocas, quién vota y cuánta gente hace válida la asamblea.

Asamblea ordinaria mínima
Anual
Base del voto
Por indiviso
Convocatoria ordinaria
15 días
Convocatoria extraordinaria
20 días Es el único estado donde la extraordinaria pide más anticipación que la ordinaria.
Quórum en primera convocatoria
51% de los derechos
Quórum en segunda convocatoria
Los asistentes
Tercera convocatoria
No la reconoce
Asamblea virtual
Sí, regulada · arts. 1018 bis y 1025 bis

Cuentas y transparencia

Qué le debes entregar a los condóminos y cada cuándo.

Periodicidad del estado de cuenta
Trimestral, y a solicitud
Quién firma el estado de cuenta
Administrador, con aprobación del consejo de administración
Fondo de reserva
El código no fija un porcentaje

Cuotas y cobranza

Desde cuándo alguien es moroso, qué puedes cobrarle y con qué documento.

Título ejecutivo
Sí, el estado de cuenta trae aparejada ejecución · art. 1029
Umbral de morosidad
90 días
Interés moratorio
Referencia al promedio bancario quirografario
Suspensión de servicios
No prevista
Venta forzosa del moroso
Sí, por subasta · art. 1032Muy pocos estados llegan hasta la subasta de la unidad.
Constancia de no adeudo
El notario debe exigirla en la compraventa

Quién administra

Cuánto dura el cargo, ante quién se registra y cómo se entrega.

Órgano de vigilancia
Consejo de administración
Duración del administrador
Un año, renovable
Registro del administrador
No lo exige
Entrega-recepción
15 días, sin acta obligatoria

Buscar "ley de condominios Jalisco" no lleva a ningún lado, y esa es la primera cosa que hay que saber: la ley de 1973 fue derogada y la materia vive en el Código Civil, en el Título Sexto, artículos 1001 a 1038. Quien administra en Guadalajara o en Zapopan trabaja con un capítulo del código civil, no con una ley propia.

El plazo que se invierte

Casi todas las leyes del país piden menos anticipación para la asamblea extraordinaria que para la ordinaria, con la lógica de que lo extraordinario suele ser urgente. Jalisco hace lo contrario: quince días para la ordinaria, veinte para la extraordinaria.

Es el error más caro que se comete aquí, porque la asamblea extraordinaria es justo donde se aprueban las cuotas extraordinarias y las obras grandes. Convocar con quince días a una extraordinaria deja el acuerdo impugnable, y la impugnación llega cuando el dinero ya se gastó.

Una reforma con vigencia condicionada

La armonización del Código Civil con el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares está publicada, pero su entrada en vigor depende de una declaratoria del Congreso del Estado que no pudimos verificar. Si tu asunto toca plazos procesales, confirma con tu abogado qué texto está vigente el día que lo presentes. Los artículos de fondo que esta página compara no cambian con esa reforma.

Asamblea virtual

Jalisco es de los pocos estados que la regula, en los artículos 1018 bis y 1025 bis. Donde la ley no dice nada, una asamblea en línea queda expuesta a que cualquier inconforme alegue que no fue válida; aquí hay respaldo para hacerla, con las formalidades que el propio código pide.

Cobranza

El estado de cuenta trae aparejada ejecución por el artículo 1029, con la particularidad de que necesita la aprobación del consejo de administración. El umbral de morosidad son noventa días, y el artículo 1032 llega hasta la subasta de la unidad, una salida que muy pocos estados contemplan.

El interés moratorio no tiene un tope numérico: la referencia es el promedio bancario quirografario, así que el reglamento interno es el que termina fijando la tasa.

Preguntas frecuentes

¿Jalisco tiene ley de condominios?

No. La ley de 1973 fue derogada y el régimen de propiedad en condominio se regula en el Código Civil del Estado de Jalisco, Título Sexto, artículos 1001 a 1038.

¿Con cuánta anticipación convoco en Jalisco?

Quince días para la ordinaria y veinte para la extraordinaria. Es el único estado donde la extraordinaria pide más tiempo.

¿Se puede hacer la asamblea en línea?

Sí. Los artículos 1018 bis y 1025 bis la reconocen, con requisitos propios.

¿Se le puede rematar la unidad a un moroso?

El artículo 1032 prevé la subasta. Es una vía judicial y de último recurso, no algo que la administración pueda hacer por su cuenta.

De dónde sale esto

Esto es información, no asesoría legal

Tu escritura constitutiva y tu reglamento interno también mandan, y la ley se reforma. Antes de una decisión que cueste dinero, confirma en el texto oficial y consúltalo con tu abogado.

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