Ley de condominios en Puebla
Vota por unidad, no por indiviso. Sin vía ejecutiva, sin entrega-recepción regulada y con la mesa directiva como órgano opcional.
- Qué te aplica
- Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de Puebla
- Última reforma
- A quién acudir
- Síndico Municipal
Orden Jurídico Poblano, Gobierno del Estado de Puebla · verificado por Kondable el
- El voto es por unidad, así que el indiviso no da más peso en la asamblea.
- El estado de cuenta no es título ejecutivo.
- La mesa directiva es potestativa: si la asamblea no la nombra, nadie vigila al administrador.
Lo que solo pasa en Puebla
Reglas que casi nadie verifica dos veces porque suenan a lo que hace el resto del país, y no lo son.
Base del voto: Por unidad
Un local y un penthouse valen lo mismo en la asamblea aunque paguen cuotas distintas, y eso no se cambia por acuerdo.
Órgano de vigilancia: Mesa directiva, potestativa
Si la asamblea no la nombra, el administrador queda sin nadie que revise sus cuentas antes de presentarlas.
Asambleas y votos
Con cuánta anticipación convocas, quién vota y cuánta gente hace válida la asamblea.
- Asamblea ordinaria mínima
- Semestral
- Base del voto
- Por unidad Un local y un penthouse valen lo mismo en la asamblea aunque paguen cuotas distintas, y eso no se cambia por acuerdo.
- Convocatoria ordinaria
- 10 días
- Convocatoria extraordinaria
- 5 días
- Quórum en primera convocatoria
- Más del 50%
- Quórum en segunda convocatoria
- Los asistentes
- Tercera convocatoria
- No la reconoce
- Asamblea virtual
- No regulada
Cuentas y transparencia
Qué le debes entregar a los condóminos y cada cuándo.
- Periodicidad del estado de cuenta
- Bimestral
- Quién firma el estado de cuenta
- Administrador o presidente de la mesa directiva
- Fondo de reserva
- La ley no fija un porcentaje
Cuotas y cobranza
Desde cuándo alguien es moroso, qué puedes cobrarle y con qué documento.
- Título ejecutivo
- No; hay que ir por juicio ordinario
- Umbral de morosidad
- La ley no fija un umbral
- Interés moratorio
- El del reglamento o, en su defecto, el interés legal
- Suspensión de servicios
- No prevista
- Venta forzosa del moroso
- No prevista
- Constancia de no adeudo
- No regulada
Quién administra
Cuánto dura el cargo, ante quién se registra y cómo se entrega.
- Órgano de vigilancia
- Mesa directiva, potestativa Si la asamblea no la nombra, el administrador queda sin nadie que revise sus cuentas antes de presentarlas.
- Duración del administrador
- De uno a tres años
- Registro del administrador
- No lo exige
- Entrega-recepción
- No regulada
Puebla vota por unidad. Un departamento de cuarenta metros y un penthouse de doscientos valen exactamente lo mismo en la asamblea, sin importar el indiviso que tengan escriturado. Es la decisión de diseño más visible de esta ley y cambia quién gana las votaciones en un condominio con unidades desiguales.
Qué cambia votar por unidad
En un condominio de indivisos parejos no se nota. En uno donde los locales comerciales o los penthouses concentran la mayor parte del indiviso, sí: esos propietarios pagan más cuota, porque la cuota sigue el indiviso, pero pesan igual que cualquiera al decidir en qué se gasta. Es una fuente frecuente de conflicto y no se puede cambiar por acuerdo de asamblea.
Tres huecos que hay que llenar por reglamento
La ley no fija umbral de morosidad, no regula la entrega-recepción y no menciona la constancia de no adeudo. Los tres son temas que se resuelven en el reglamento interno o no se resuelven. Un reglamento poblano que no diga desde cuándo alguien es moroso deja a la administración sin punto de partida para cobrar recargos.
La mesa directiva es opcional
Es potestativa: si la asamblea no la nombra, no existe. Un condominio sin mesa directiva tiene un administrador sin contrapeso y sin nadie que revise sus cuentas antes de presentarlas. Nombrarla no cuesta nada y es la diferencia entre rendir cuentas y decir que se rindieron.
Cobranza
Sin vía ejecutiva. La cobranza va por juicio ordinario, igual que en el Estado de México y en Querétaro. Con un umbral de morosidad que la ley no define, el reglamento interno es lo único que sostiene el cobro de recargos.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se vota en un condominio de Puebla?
Por unidad. Cada unidad privativa vale un voto, sin importar su indiviso.
¿El estado de cuenta sirve para demandar?
Como prueba en juicio ordinario. Puebla no le da carácter de título ejecutivo.
¿Desde cuándo puedo cobrar recargos?
Desde lo que diga tu reglamento interno. La ley poblana no fija un umbral de morosidad.
¿Tengo que nombrar mesa directiva?
La ley no obliga. Sin ella, nadie vigila al administrador ni revisa las cuentas antes de la asamblea.
De dónde sale esto
- Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de Puebla (abre en otra pestaña)Orden Jurídico Poblano, Gobierno del Estado de Puebla
Esto es información, no asesoría legal
Tu escritura constitutiva y tu reglamento interno también mandan, y la ley se reforma. Antes de una decisión que cueste dinero, confirma en el texto oficial y consúltalo con tu abogado.
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