Ley de condominios en Puebla

Vota por unidad, no por indiviso. Sin vía ejecutiva, sin entrega-recepción regulada y con la mesa directiva como órgano opcional.

Qué te aplica
Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de Puebla
Última reforma
A quién acudir
Síndico Municipal
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Orden Jurídico Poblano, Gobierno del Estado de Puebla · verificado por Kondable el

  • El voto es por unidad, así que el indiviso no da más peso en la asamblea.
  • El estado de cuenta no es título ejecutivo.
  • La mesa directiva es potestativa: si la asamblea no la nombra, nadie vigila al administrador.

Lo que solo pasa en Puebla

Reglas que casi nadie verifica dos veces porque suenan a lo que hace el resto del país, y no lo son.

  • Base del voto: Por unidad

    Un local y un penthouse valen lo mismo en la asamblea aunque paguen cuotas distintas, y eso no se cambia por acuerdo.

  • Órgano de vigilancia: Mesa directiva, potestativa

    Si la asamblea no la nombra, el administrador queda sin nadie que revise sus cuentas antes de presentarlas.

Asambleas y votos

Con cuánta anticipación convocas, quién vota y cuánta gente hace válida la asamblea.

Asamblea ordinaria mínima
Semestral
Base del voto
Por unidad Un local y un penthouse valen lo mismo en la asamblea aunque paguen cuotas distintas, y eso no se cambia por acuerdo.
Convocatoria ordinaria
10 días
Convocatoria extraordinaria
5 días
Quórum en primera convocatoria
Más del 50%
Quórum en segunda convocatoria
Los asistentes
Tercera convocatoria
No la reconoce
Asamblea virtual
No regulada

Cuentas y transparencia

Qué le debes entregar a los condóminos y cada cuándo.

Periodicidad del estado de cuenta
Bimestral
Quién firma el estado de cuenta
Administrador o presidente de la mesa directiva
Fondo de reserva
La ley no fija un porcentaje

Cuotas y cobranza

Desde cuándo alguien es moroso, qué puedes cobrarle y con qué documento.

Título ejecutivo
No; hay que ir por juicio ordinario
Umbral de morosidad
La ley no fija un umbral
Interés moratorio
El del reglamento o, en su defecto, el interés legal
Suspensión de servicios
No prevista
Venta forzosa del moroso
No prevista
Constancia de no adeudo
No regulada

Quién administra

Cuánto dura el cargo, ante quién se registra y cómo se entrega.

Órgano de vigilancia
Mesa directiva, potestativa Si la asamblea no la nombra, el administrador queda sin nadie que revise sus cuentas antes de presentarlas.
Duración del administrador
De uno a tres años
Registro del administrador
No lo exige
Entrega-recepción
No regulada

Puebla vota por unidad. Un departamento de cuarenta metros y un penthouse de doscientos valen exactamente lo mismo en la asamblea, sin importar el indiviso que tengan escriturado. Es la decisión de diseño más visible de esta ley y cambia quién gana las votaciones en un condominio con unidades desiguales.

Qué cambia votar por unidad

En un condominio de indivisos parejos no se nota. En uno donde los locales comerciales o los penthouses concentran la mayor parte del indiviso, sí: esos propietarios pagan más cuota, porque la cuota sigue el indiviso, pero pesan igual que cualquiera al decidir en qué se gasta. Es una fuente frecuente de conflicto y no se puede cambiar por acuerdo de asamblea.

Tres huecos que hay que llenar por reglamento

La ley no fija umbral de morosidad, no regula la entrega-recepción y no menciona la constancia de no adeudo. Los tres son temas que se resuelven en el reglamento interno o no se resuelven. Un reglamento poblano que no diga desde cuándo alguien es moroso deja a la administración sin punto de partida para cobrar recargos.

La mesa directiva es opcional

Es potestativa: si la asamblea no la nombra, no existe. Un condominio sin mesa directiva tiene un administrador sin contrapeso y sin nadie que revise sus cuentas antes de presentarlas. Nombrarla no cuesta nada y es la diferencia entre rendir cuentas y decir que se rindieron.

Cobranza

Sin vía ejecutiva. La cobranza va por juicio ordinario, igual que en el Estado de México y en Querétaro. Con un umbral de morosidad que la ley no define, el reglamento interno es lo único que sostiene el cobro de recargos.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se vota en un condominio de Puebla?

Por unidad. Cada unidad privativa vale un voto, sin importar su indiviso.

¿El estado de cuenta sirve para demandar?

Como prueba en juicio ordinario. Puebla no le da carácter de título ejecutivo.

¿Desde cuándo puedo cobrar recargos?

Desde lo que diga tu reglamento interno. La ley poblana no fija un umbral de morosidad.

¿Tengo que nombrar mesa directiva?

La ley no obliga. Sin ella, nadie vigila al administrador ni revisa las cuentas antes de la asamblea.

De dónde sale esto

Esto es información, no asesoría legal

Tu escritura constitutiva y tu reglamento interno también mandan, y la ley se reforma. Antes de una decisión que cueste dinero, confirma en el texto oficial y consúltalo con tu abogado.

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