Ley de condominios en Quintana Roo
Cambia la base del voto según el asunto y regula la asamblea virtual en once incisos. El registro del administrador pide antecedentes no penales.
- Qué te aplica
- Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles del Estado de Quintana Roo
- Última reforma
- A quién acudir
- Centro de Justicia Alternativa
H. Congreso del Estado de Quintana Roo · verificado por Kondable el
- Cuenta por indiviso, salvo para elegir administrador, donde vale un voto por unidad.
- Regula la asamblea virtual con once incisos, el desarrollo más detallado del país.
- El administrador se registra ante el Registro Público con antecedentes no penales.
Lo que solo pasa en Quintana Roo
Reglas que casi nadie verifica dos veces porque suenan a lo que hace el resto del país, y no lo son.
Base del voto: Por proindiviso, pero un voto por unidad para elegir administrador
Es el único estado que cambia la base del voto según el asunto que se vota.
Asamblea virtual: Sí, regulada en once incisos
El desarrollo más detallado del país, y lo que hace viable el quórum en condominios con propietarios fuera del estado.
Registro del administrador: Sí, ante el Registro Público, en 30 días y con antecedentes no penales
Pide antecedentes no penales, cosa que ninguna otra ley estatal exige.
Asambleas y votos
Con cuánta anticipación convocas, quién vota y cuánta gente hace válida la asamblea.
- Asamblea ordinaria mínima
- Semestral
- Base del voto
- Por proindiviso, pero un voto por unidad para elegir administrador Es el único estado que cambia la base del voto según el asunto que se vota.
- Convocatoria ordinaria
- 15 días
- Convocatoria extraordinaria
- 15 días
- Quórum en primera convocatoria
- 75% del proindiviso
- Quórum en segunda convocatoria
- 51%
- Tercera convocatoria
- Sí, 10 minutos después de la segunda
- Asamblea virtual
- Sí, regulada en once incisos El desarrollo más detallado del país, y lo que hace viable el quórum en condominios con propietarios fuera del estado.
Cuentas y transparencia
Qué le debes entregar a los condóminos y cada cuándo.
- Periodicidad del estado de cuenta
- Mensual o bimestral
- Quién firma el estado de cuenta
- Administrador y presidente del comité · art. 43
- Fondo de reserva
- La ley no fija un porcentaje
Cuotas y cobranza
Desde cuándo alguien es moroso, qué puedes cobrarle y con qué documento.
- Título ejecutivo
- Sí, el estado de cuenta trae aparejada ejecución · art. 43
- Umbral de morosidad
- Tres cuotas ordinarias o una extraordinaria
- Interés moratorio
- El del reglamento, sin capitalizar
- Suspensión de servicios
- Sí, autorizada por el comité; nunca el agua
- Venta forzosa del moroso
- Sí, con el 75% del indiviso · art. 44
- Constancia de no adeudo
- El notario la exige, junto con el CFDI de los últimos tres pagos
Quién administra
Cuánto dura el cargo, ante quién se registra y cómo se entrega.
- Órgano de vigilancia
- Comité de cinco propietarios
- Duración del administrador
- Un año, con hasta dos reelecciones
- Registro del administrador
- Sí, ante el Registro Público, en 30 días y con antecedentes no penales Pide antecedentes no penales, cosa que ninguna otra ley estatal exige.
- Entrega-recepción
- 7 días, con acta y auditoría
Quintana Roo administra condominios que en buena parte son turísticos, con propietarios que viven en otro estado o en otro país, y su ley lo refleja: es la que mejor resuelve la asamblea a distancia y la que más control pide sobre quién administra.
La base del voto cambia según el asunto
Es el único estado que hace esto. Lo normal es contar por proindiviso, pero para elegir administrador vale un voto por unidad. La diferencia no es teórica: en un condominio donde unos pocos propietarios concentran la mayor parte del indiviso, la misma sala vota una cosa para el presupuesto y otra distinta para elegir a quien lo va a ejercer.
Un cómputo hecho con la base equivocada tumba el acuerdo. Antes de contar, hay que confirmar qué se está votando.
Asamblea virtual con reglas
Once incisos, el desarrollo más detallado del país. Para un condominio con propietarios fuera del estado, ahí está la diferencia entre juntar quórum y no juntarlo nunca. Vale la pena leerlos completos antes de la primera asamblea en línea, porque las formalidades son las que la vuelven válida.
Registro del administrador
Treinta días para registrarse ante el Registro Público, con antecedentes no penales. Junto con la Ciudad de México, es de los dos estados que ponen una barrera de entrada al oficio.
Cobranza
El estado de cuenta es título ejecutivo por el artículo 43, firmado por el administrador y el presidente del comité. El artículo 44 llega a la venta forzosa con el respaldo del 75% del indiviso, uno de los mecanismos más fuertes que existen en el país contra la morosidad grave. La constancia de no adeudo pide, además, el CFDI de los últimos tres pagos.
Preguntas frecuentes
¿Con cuántos votos se elige al administrador en Quintana Roo?
Con un voto por unidad, no por indiviso. Es la excepción que la ley hace a su propia regla general.
¿La asamblea en línea es válida?
Sí, la ley la regula en once incisos. Cumplir esas formalidades es lo que la hace válida.
¿Se puede vender la unidad de un moroso?
El artículo 44 lo permite con el respaldo del 75% del indiviso. Es una vía judicial y de último recurso.
¿Qué necesito para dar una constancia de no adeudo?
Además del estado de cuenta al corriente, el notario pide el CFDI de los últimos tres pagos.
De dónde sale esto
- Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles del Estado de Quintana Roo (abre en otra pestaña)H. Congreso del Estado de Quintana Roo
Esto es información, no asesoría legal
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